Residencia pasiva en Andorra: guía estratégica 2026
Eduardo BonéMayo 6, 2026Guías

Residencia Pasiva en Andorra
La residencia pasiva en Andorra es un permiso de residencia diseñado específicamente para personas que no ejercerán una actividad laboral remunerada dentro del país, pero que disponen de recursos económicos suficientes para establecerse y mantener su nivel de vida en el Principado. Este régimen es ideal para aquellas personas que disponen de un patrimonio suficiente para residir en el país sin necesidad de trabajar localmente y que quieren disfrutar de las excelentes condiciones de vida que el Principado ofrece. La residencia pasiva permite legalizar la estancia en Andorra más allá del límite turístico de 90 días, con la posibilidad de convertirse en residente fiscal si se reside más de 183 días al año en el país, accediendo así a su atractivo régimen fiscal.
Tabla de contenidos
¿Qué tipos de residencia pasiva hay?
No todas las residencias pasivas son iguales. El gobierno andorrano ha establecido varias modalidades para adaptarse a diferentes perfiles y situaciones.

Residencia pasiva no lucrativa
Esta es la modalidad estándar para quienes no realizarán ninguna actividad profesional en Andorra. Está destinada a inversores, rentistas, pensionistas y personas con patrimonio suficiente, ya que no permite trabajar ni ejercer una actividad profesional o empresarial en el país. Para obtenerla, es necesario realizar una inversión mínima de 1.000.000 € en activos andorranos. Esta inversión puede efectuarse mediante bienes inmuebles, participaciones en sociedades andorranas, instrumentos de deuda, fondos de inversión u otros activos admitidos por la normativa. Si la inversión incluye inmuebles, cada unidad inmobiliaria computable debe tener un valor mínimo de 800.000 €.
Residencia para profesionales con proyección internacional
Ideal si eres un profesional que trabaja principalmente para clientes fuera de Andorra. El requisito clave es la obligación de constituir o adquirir una sociedad con sede en Andorra que realice al menos el 85% de su actividad fuera del país. La principal ventaja es que no requiere una inversión mínima, pero la empresa debe generar ingresos suficientes para mantener tanto al interesado como a su familia en el país. El perfil típico incluye nómadas digitales, consultores internacionales y empresarios con negocio global.
Residencia por motivos de interés científico, cultural o deportivo
Dirigida a profesionales reconocidos en estos ámbitos. El requisito fundamental es acreditar el reconocimiento internacional mediante premios, publicaciones, títulos o logros destacables. Tampoco requiere una inversión mínima, pero conlleva la condición de que al menos el 85% de los ingresos del solicitante provenga de actividades fuera de Andorra.
Residencia por ingreso en centros terapéuticos privados
Esta es una categoría específica para quienes requieren tratamientos médicos en el país. Permite residir en Andorra durante el tiempo que dure el tratamiento y requiere documentación médica que justifique la necesidad del mismo.
Ventajas de la residencia pasiva

Optar por la residencia pasiva en Andorra conlleva una serie de ventajas significativas. En el ámbito fiscal, disfrutarás de un impuesto sobre la renta personal con un tipo máximo del 10%. No existe impuesto sobre el patrimonio, sucesiones o donaciones. Hay convenios de doble imposición con más de 20 países para evitar pagar impuestos dos veces por los mismos ingresos. Para no residentes fiscales, no hay retención en la fuente por dividendos, intereses o ganancias de capital. En cuanto a calidad de vida y seguridad, Andorra es uno de los países más seguros del mundo, con tasas de criminalidad excepcionalmente bajas. Cuenta con un sistema sanitario de alta calidad, accesible mediante seguro privado o aportación voluntaria a la CASS. Ofrece un entorno natural privilegiado en los Pirineos, ideal para amantes de la naturaleza y los deportes de montaña y una excelente oferta educativa con escuelas internacionales. La flexibilidad y movilidad que ofrece son notables: para disfrutar de esta residencia, solo se requiere permanecer un mínimo de 90 días al año en el país (no necesariamente consecutivos) para mantener el permiso y, a cambio, se goza de libertad de movimiento por el espacio Schengen y existe la posibilidad de reagrupación familiar inmediata al iniciar el proceso.
Pasiva vs activa: comparación rápida
| Aspecto | Residencia pasiva | Residencia activa (por cuenta propia) |
|---|---|---|
| Inversión requerida | 1.000.000 € en activos andorranos (o 400.000 € en el Fons d'Habitatge, si se opta por esa modalidad). | Sin inversión mínima obligatoria |
| Aportación AFA | 50.000 € + 12.000 € por cada dependiente. | 50.000 € |
| Permiso de trabajo | No (excepto modalidades específicas) | Sí |
| Cuota de autónomos | No aplica | 450-500 € mensuales aproximadamente |
| Seguro médico | Privado (100-150 €/mes/persona) | Incluido en cuota de autónomos |
| Reagrupación familiar | Inmediata | Entre 6-18 meses de espera |
| Plazo de obtención | 6-8 semanas aproximadamente | 3-4 meses aproximadamente |
| Permanencia mínima | 90 días al año | 183 días al año (para residencia fiscal) |
La residencia pasiva es para perfiles que no necesitan trabajar en Andorra, tienen patrimonio suficiente para realizar la inversión requerida, quieren reagrupar a su familia de inmediato y planean pasar entre 90 y 183 días anuales en el país. Por su parte, la residencia activa es para aquellos que sí planean desarrollar una actividad profesional en Andorra, no disponen del capital para la inversión mínima de la residencia pasiva, no les importa esperar para reagrupar a su familia y planean pasar más de 183 días al año en el país.
Requisitos y documentación, ¿qué se necesita para solicitarla?
Los requisitos son exigentes pero claros, diseñados para asegurar que los solicitantes tienen la solvencia necesaria.
Requisitos económicos y de inversión
Con carácter general, la residencia pasiva en Andorra exige realizar una inversión mínima de 1.000.000 € en activos andorranos, aunque este importe puede variar según la modalidad de residencia. La inversión puede efectuarse en bienes inmuebles situados en Andorra, participaciones en sociedades andorranas, instrumentos de deuda, fondos de inversión andorranos u otros activos admitidos por la normativa, o mediante una combinación de estas opciones. Cuando la inversión incluya bienes inmuebles, cada inmueble computable deberá tener un valor mínimo de 800.000 €.
Como alternativa, la legislación permite cumplir el requisito de inversión mediante una aportación de 400.000 € al Fons d'Habitatge (Fondo de Vivienda) del Gobierno de Andorra, destinado a financiar proyectos de vivienda asequible. Esta modalidad constituye una excepción al requisito general de inversión de 1.000.000 €.
Además, debe realizarse una aportación obligatoria a la Autoridad Financiera Andorrana (AFA) de 50.000 € para el solicitante principal y 12.000 € adicionales por cada persona a cargo. Esta aportación tiene carácter definitivo y, con carácter general, no es reembolsable.
Asimismo, es necesario acreditar medios económicos suficientes equivalentes al 300 % del salario mínimo interprofesional andorrano, incrementados en un 100 % adicional por cada persona a cargo, mediante la documentación financiera correspondiente. También será necesario cumplir el resto de requisitos legales aplicables, como disponer de un seguro médico con cobertura en Andorra, acreditar un domicilio en el Principado y presentar un certificado de antecedentes penales, entre otros.
Documentación personal
Pasaporte válido y fotocopia completa. Certificado de antecedentes penales del país de origen (y de todos los países donde se haya residido con anterioridad) debidamente apostillado. Certificado de estado civil (nacimiento, matrimonio) apostillado. Certificado médico expedido en Andorra. Seguro médico privado con cobertura del 100% en Andorra (aproximadamente 100-150 € mensuales por persona). Contrato de compra o alquiler de una vivienda en Andorra.
Otros requisitos importantes
También será necesario abrir una cuenta bancaria en un banco andorrano, un requisito previo imprescindible, así como afrontar el pago de tasas administrativas: aproximadamente 2.500 € por el titular principal y 500 € por cada persona reagrupada. Finalmente, se debe asumir el compromiso de permanencia mínima de 90 días al año en el territorio andorrano.
Proceso y plazos: paso a paso hacia la residencia
El proceso para obtener la residencia pasiva sigue estas etapas principales.

Fase 1: preparación (1-2 meses). Es recomendable contactar con un asesor especializado, antes de abrir una cuenta bancaria en Andorra (el paso más crítico y que más tiempo puede llevar), preparar toda la documentación personal con las apostillas necesarias, buscar y contratar o comprar una vivienda en Andorra, y contratar un seguro médico privado con cobertura en Andorra. Fase 2: solicitud formal (6-8 semanas). Implica presentar la solicitud completa ante el Departamento de Inmigración, realizar el depósito en la AFA y pagar las tasas administrativas. Fase 3: resolución y obtención. La autoridad emite su resolución (normalmente favorable si se cumplen todos los requisitos) y envía la tarjeta de residencia pasiva. En los 6 meses siguientes se debe completar la inversión mínima obligatoria si se ha optado por la modalidad no lucrativa.
La primera autorización es por 2 años y la primera renovación por 2 años adicionales; la segunda renovación es por 3 años y las renovaciones posteriores (tras 7 años de residencia continuada) por 10 años. Si después de esta guía consideras que la residencia pasiva es la mejor opción para tu perfil, no dudes en contactar con Boné Consulting: nuestros asesores te ayudarán a elegir la modalidad correcta, preparar la documentación adecuada y navegar el proceso con las mayores garantías de éxito. Andorra espera con sus puertas abiertas a aquellos que buscan no solo ventajas fiscales, sino un auténtico cambio en su calidad de vida, en el corazón de los Pirineos.
Preguntas frecuentes
¿Residencia pasiva equivale a residencia fiscal?
No necesariamente. La residencia pasiva permite residir legalmente en Andorra más de 90 días. Para convertirse en residente fiscal y beneficiarse plenamente del sistema tributario andorrano es necesario pasar más de 183 días al año en el país.
¿Puedo trabajar o facturar desde Andorra con residencia pasiva?
Con la residencia pasiva estándar (no lucrativa), NO se puede trabajar ni facturar desde Andorra. Sin embargo, sí se puede gestionar el patrimonio personal e inversiones y desempeñar funciones como administrador no remunerado de empresas en las que se tenga, al menos, el 50% de participación. Si el solicitante necesita facturar, la mejor opción será la modalidad de profesional con proyección internacional o bien considerar una residencia activa por cuenta propia.
¿Qué pasa con mi familia?
La residencia pasiva permite la reagrupación familiar inmediata. Esto incluye al cónyuge o pareja (mediante matrimonio o unión civil; las parejas de hecho deben registrar su unión en Andorra) y a los hijos (menores de 18 años, o hasta 25 años si están estudiando). Cada familiar reagrupado requerirá su propio seguro médico y generará costes adicionales en el depósito AFA, así como diversas tasas administrativas.
¿Puedo cambiar de residencia pasiva a activa posteriormente?
Sí, es posible. Si posteriormente decides desarrollar una actividad profesional o empresarial en Andorra y cumples los requisitos legales, puedes solicitar el cambio de residencia pasiva a residencia activa. El cambio no es automático y debe tramitarse ante las autoridades competentes. Desde la reforma de 2026, la aportación realizada a la Autoridad Financiera Andorrana (AFA) tiene carácter definitivo y, con carácter general, no es reembolsable, por lo que el cambio de modalidad no da derecho a la devolución de cantidad alguna.
Sobre el autor:

Eduardo Boné
Eduardo Boné es asesor en Boné Consulting, especializado en residencia y fiscalidad en Andorra. Acompaña a patrimonios, deportistas, artistas, emprendedores e inversores en todo el proceso de establecerse en el Principado con seguridad jurídica y eficiencia fiscal.
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